La OMS reconoce el síndrome del burnout como enfermedad profesional

El síndrome del desgaste profesional, más conocido por síndrome del trabajador quemado, o por su anglicismo burnout, es una enfermedad que consiste en una reacción excesiva y prolongada en el tiempo del estrés laboral.

Introducción

El síndrome del desgaste profesional, más conocido por síndrome del trabajador quemado, o por su anglicismo burnout, es una enfermedad que consiste en una reacción excesiva y prolongada en el tiempo del estrés laboral, manifestada principalmente por el agotamiento mental y físico, y acompañada por sentimientos de frustración o fracaso.

Esta patología era considerada una mera enfermedad común hasta el pasado 1-1-2022, fecha de entrada en vigor de la última actualización de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que la ha catalogado como una enfermedad profesional más, es decir, producida a consecuencia de las condiciones de trabajo.

Los efectos jurídicos de la inclusión del síndrome del burnout en el listado de enfermedades profesionales son varios, pero básicamente implica un mayor esfuerzo en la prevención y reducción de la enfermedad, así como mayores beneficios por parte de la Seguridad Social a quienes la padecen. 

Sintomatología y causas del síndrome del burnout.

El síndrome del burnout se puede manifestar de diferentes formas dependiendo de la persona y la situación que genera su estrés. A grandes rasgos, los principales síntomas son:

  • Agotamiento físico y mental crónico.
  • Indiferencia con los resultados del cometido e irritabilidad con el entorno.
  • Caída de la productividad y desmotivación. 

En cuanto a las causas, la enfermedad suele padecerse cuando coinciden factores de riesgo del entorno laboral como la sobrecarga de trabajo, la toma de decisiones importantes o la falta de apoyos o recursos, por ejemplo, con una escasa educación para la gestión del estrés y una tendencia natural al estrés y/o la ansiedad.

  Motivos para realizar un recurso de suplicación

España todavía no reconoce el síndrome del burnout como enfermedad profesional.

La entrada en vigor el pasado 1-1-2022 de la última actualización de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) tiene efectos jurídicos vinculantes para todos sus países miembros, lo que en la práctica supone que deberán adecuar sus respectivas legislaciones para incluir esta nueva enfermedad en sus listados internos de enfermedades profesionales.

En el caso de España, la Administración va con retraso y todavía no lo hecho, pero el cambio se presupone inminente puesto que el plazo máximo es de dieciocho meses. Concretamente, el síndrome de burnout deberá ser incluido en el listado del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, que relaciona las enfermedades profesionales reconocidas en nuestro país.

Ventajas del reconocimiento del síndrome del burnout como enfermedad profesional.

La inclusión del síndrome del burnout en el listado de enfermedades profesionales supone una mejora en las prestaciones de la Seguridad Social, tanto las de índole económico como, sobre todo, de asistencia sanitaria.

Además, su inclusión también implicaría un mayor esfuerzo para su prevención, no sólo mediante la aplicación de medidas específicas, sino también mediante su estudio y divulgación.

La Justicia española ya venía reconociendo el síndrome del burnout como accidente de trabajo.

No obstante lo anterior, simplemente a modo de curiosidad resulta interesante comentar que ya existían algunas Sentencias en España que reconocían el síndrome del burnout como accidente de trabajo —aunque no es lo mismo que enfermedad profesional, tiene efectos similares en el ámbito de las prestaciones de la Seguridad Social.

  Motivos para realizar un recurso de suplicación

Entre ellas, podemos citar la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra 61/2014, de 5 de marzo, o la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía 1683/2017, de 1 de junio.


Servicios profesionales del despacho.

En Ignacio Martínez IM Abogados atesoramos una amplia experiencia en todo tipo de procedimientos administrativos y procesos judiciales del ámbito de la Seguridad Social. Puede contactar con el despacho para mayor información.

únete a nuestros grupos AFECTADOS

Desde nuestro Grupo de Afectados en Facebook y nuestros canales de información en Telegram y WhatsApp, ofrecemos la posibilidad de consultar dudas de la mano de abogados especialistas, interactuar con la comunidad que se encuentra en casos similares y mantenerse informado con publicaciones periódicas. Todo ello de forma anónima y gratuita.

ABOGADOS EN CORUÑA

ALTA ESPECIALIZACIÓN

El alto nivel de especialización, calidad y transparencia de nuestros servicios han ayudado a cientos de personas de toda España a solucionar sus problemas en el ámbito del Derecho de Sucesiones y de la Seguridad Social, lo que nos ha consolidado como un despacho de abogados referencia en estas áreas.

Martín Dios LemaMartín Dios Lema
23:51 27 Jan 24
Profesionalidad y claridad
Alberto LimaAlberto Lima
10:39 27 Jan 24
Carlos BermudezCarlos Bermudez
08:24 25 Jan 24
Se encargaron de tramitar mi reclamación ante el INSS en relación al completo por la brecha de género/aportación demografía, el resultado fue el reconocimiento del mismo , pago de los atrasos correspondientes además de una indemnización por vulnerar mis derechos fundamentales . Trato cercano, disponibilidad absoluta y comunicación fluida, no puedo estar más satisfecho.
Muy buen trabajo. Muchas gracias por vuestras gestiones
Juan Taboada DiazJuan Taboada Diaz
12:35 16 Jan 24
Profesional y eficacia
Hemos acudido para reclamación de gastos de la hipoteca y la verdad a sido todo muy rápido y lo han llevado de forma muy profesional. Sin duda acudiremos para cualquier otra consulta. Se lo he recomendado a mis compañeros de trabajo, familiares y amigos
RafaRafa
13:12 10 Nov 23
Muchas gracias Ignacio Martínez Fernández por los servicios prestados como abogado al frente de la reclamación para el reconocimiento del complemento de maternidad por aportación demográfica. Un gran profesional, con un trato amable y buena comunicación en todos los cambios del proceso. Con su buena gestión ha hecho posible la concesión del reconocimiento del complemento con carácter retroactivo desde Octubre del año 2018.
Javier L.Javier L.
08:39 11 Sep 23
Hicimos un recurso por los gastos bancarios de la hipoteca y fueron muy eficaces. Ya cobramos y sin papeleos ni molestias, ellos se preocuparon de todo. Despacho muy recomendable!!!
Gracias a una amiga mía me derivó y no me lo cambio por nada!!! Me quedo con ellos para cualquier cosa que necesitamos en asuntos legales. Es una persona que transmite mucha confianza, ya que me explica cuáles son los gastos, como procede el asunto(el mío era la declaración de herederos), cuáles puedo reclamar, todo con mucha transparencia. Siempre me voy tranquila.Desde que conozco a ellos, siempre lo recomiendo a toda mi gente que vaya allí y siempre fue un acierto.Muchas gracias
js_loader
Scroll al inicio
Call Now Button