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En general, un heredero no puede retirar directamente dinero de la cuenta bancaria de una persona fallecida sin haber tramitado la herencia previamente y sin contar con el consentimiento del resto de herederos. Hacerlo puede suponer un delito penal de apropiación indebida contra la herencia yacente, que puede llevar aparejada pena de prisión.
Trámites legales para disponer de los saldos bancarios
Existe una serie de trámites necesarios para que los herederos puedan acceder de forma legítima a los fondos del fallecido, desde la notificación al banco hasta la liquidación de impuestos y la distribución de la herencia.
1. Notificación al Banco del Fallecimiento
- Una vez que el banco recibe la notificación oficial del fallecimiento mediante el certificado de defunción entregado por alguno de los herederos, la cuenta se bloquea para evitar salidas de dinero, eliminando automáticamente a los autorizados. Esta medida busca proteger los fondos hasta que se pruebe quiénes son los herederos legales.
2. Obtención del Certificado de Últimas Voluntades
- Este certificado, que se solicita en el Registro General de Actos de Última Voluntad, confirma si el fallecido dejó testamento. Si existe un testamento, especificará quiénes son los herederos; si no hay testamento, hay que hacer una declaración notarial de herederos, por la que un Notario determina quienes son los herederos en base a la ley de sucesión intestada.
3. Impuesto de Sucesiones y Adjudicación de la Herencia
- Antes de que el banco autorice el retiro de fondos, los herederos deben presentar el Impuesto de Sucesiones ante la Agencia Tributaria de Galicia, aunque salga a no pagar.
- Además, si hay más de un heredero, se deberá presentar la escritura de partición de herencia, porque en ella el Notario detalla cómo se reparten esas cuentas bancarias entre ellos. En su defecto, también se puede presentar un escrito firmado por todos los herederos acordando un reparto en concreto.
4. Solicitud de Acceso a la Cuenta
- Con todos los documentos en regla (testamento o declaración de herederos, pago del impuesto de sucesiones y escritura de partición de herencia o acuerdo por escrito), los herederos pueden solicitar al banco la disposición de los fondos.
- El Departamento de Testamentarías del banco verificará toda la documentación antes de autorizar cualquier movimiento en la cuenta.
Excepciones al consentimiento del resto de herederos
Existen varias excepciones por las que se puede un heredero puede disponer del dinero de las cuentas bancarias sin el consentimiento del resto.
1. Cuentas bancarias atribuidas por legado.
- Cuando los fondos son atribuidos en testamento a una determinada persona, esta persona puede disponer de ellos sin el consentimiento del resto de herederos. Sin embargo, deberá igualmente cumplir con el trámite legal de liquidar el impuesto previamente y deberá autorizarlo el Departamento de Testamentarías del banco.
2. Herencias con un único heredero.
- Cuando el testamento nombre a un único heredero para todos los bienes, aunque haya otros con derecho a la legítima pagadera en dinero en efectivo, este único heredero podrá acceder a las cuentas bancaria sin el consentimiento de los legitimarios porque éstos no son herederos. Siempre y cuando haya cumplido igualmente con el trámite legal de liquidar el impuesto previamente y que lo haya autorizado el Departamento de Testamentarías del banco.
Responsabilidades del heredero que retira dinero de la cuenta bancario del fallecido
Fuera de esas dos excepciones, el heredero que retira dinero de la cuenta bancaria sin autorización del resto está cometiendo un delito penal de apropiación indebida contra la herencia, o en algunos casos estafa o administración desleal de la herencia yacente.
¿Cuándo se considera Apropiación Indebida?
- Retiro de dinero sin autorización: Si un heredero retira fondos de la cuenta del fallecido sin haber presentado el testamento, declaración de herederos o escritura de partición de herencia en el banco, y sin haber seguido los procedimientos legales que acreditan su derecho.
- Uso del dinero para beneficio propio: El retiro de dinero de una cuenta del fallecido para fines personales, sin respetar el derecho de los demás herederos, se considera apropiación indebida.
- Manipulación o ocultación de fondos: Si un heredero con acceso a la cuenta del fallecido oculta información sobre la existencia de esos fondos o manipula el monto a su favor, también puede considerarse apropiación indebida.
Consecuencias Legales de la Apropiación Indebida
- Sanciones Penales: Dependiendo de la cantidad de dinero y otros agravantes, la apropiación indebida puede ser castigada con multas o penas de prisión.
- Obligación de Restituir los Fondos: Además de las sanciones penales, el penado tiene la obligación de devolver el dinero a la cuenta o a los herederos correspondientes.
- Inhabilitación para Administrar Bienes de la Herencia: En algunos casos, la persona que comete apropiación indebida puede ser inhabilitada para gestionar o administrar otros bienes de la herencia, quedando excluida de decisiones relacionadas con la partición del patrimonio.
Proceso Penal por el Delito de Apropiación Indebida
Como cualquier otro delito penal, la apropiación indebida es un delito público que se inicia mediante denuncia, o querella presentada directamente en los Juzgados de Instrucción. Una vez el Juzgado decida admitirla a trámite, llevará a cabo una investigación para cerciorarse que existen indicios de delito y, si así fuera, elevará los autos al Juzgado de lo Penal para enjuiciar al heredero que retiró el dinero.
En este sentido, es importante saber que una vez se presente la denuncia o querella no hay vuelta atrás, puesto que al tratarse de un delito penal el Ministerio Fiscal puede continuar la causa aunque el denunciante o querellante renuncie a la acción. Además, el bien jurídico protegido es la herencia yacente, no el resto de herederos. Es decir, el delito no se comete contra los herederos, sino contra la herencia.
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