Plazos a tener en cuenta en bajas e incapacidades permanentes

En los procesos de baja médica y de incapacidad permanente, es crucial tener en cuenta varios plazos clave.

En los procesos de baja médica y de incapacidad permanente, es crucial tener presente varios plazos clave que afectan tanto al trabajador como a la empresa y a las administraciones. En el artículo de hoy hablamos sobre los plazos a tener en cuenta en bajas e incapacidades permanentes (que nosotros consideramos los más importantes).

Tiempo máximo para estar de baja

La prestación económica de incapacidad temporal (baja) no es para siempre. Está sujeta a un plazo máximo de 365 días desde el primer parte médico, prorrogable otros 180 días para darle margen suficiente al INSS para que inicie de oficio un proceso de incapacidad permanente. De esta forma, valora reconocerle una pensión con carácter indefinido o no. En caso de denegársela, el trabajador pasa a estar de alta médica, debiendo reincorporarse al trabajo, sin posibilidad de más bajas futuras por el mismo diagnóstico. Este plazo de 545 días (365 + 180) puede ser prorrogado excepcionalmente otros 180 días por el propio INSS.

Plazo para recurrir resoluciones administrativas

El plazo para recurrir cualquier resolución de la Seguridad Social o mutua es de 30 días hábiles desde su notificación. Excepto las altas médicas, cuyo plazo de impugnación es de 10 días hábiles desde su notificación si la expide la Mutua. Por otro lado, es de 11 días hábiles desde su notificación si la expide el médico de cabecera o el propio INSS dentro de los primeros 365 días año baja. Tan solo será de 4 días naturales si la expide el INSS después de los primeros 365 días de baja.

La Seguridad Social tiene la obligación legal de responder a todos los escritos que se presenten, de igual forma que cualquier otra Administración pública. Ahora bien, la Ley prevé plazos para entender denegadas esas solicitudes ante la falta de respuesta. Técnicamente se llama silencio administrativo, permitiendo al trabajador pasar al siguiente paso, que es la presentación de la reclamación previa.

Este plazo de 3 meses de forma genérica, salvo que se disponga expresamente otro en concreto para una determinada solicitud. Es el caso de las solicitudes de incapacidad permanente o determinación de contingencia, en los que la Administración tiene un plazo de 135 días hábiles para responder.

Plazo del silencio administrativo a una reclamación previa

El plazo para entender denegada una reclamación previa a la via jurisdiccional ante la falta de respuesta de la Seguridad Social siempre es de 45 días hábiles.

prescripción de las prestaciones de la Seguridad Social

El plazo de prescripción para solicitar una prestación a la Seguridad Social es de 5 años desde la fecha del hecho causante. Entre estas prestaciones se encuentran la incapacidad permanente o la determinación de contingencia.

Periodo de revisión de la incapacidad permanente

La incapacidad permanente puede ser revisada por agravación o mejoría. El plazo mínimo para solicitar una revisión es de 2 años desde su concesión. Aunque puede variar dependiendo del tipo de incapacidad y las circunstancias del caso.

Plazos para la presentación de partes médicos

  • Parte inicial de baja: El médico de cabecera expide este documento cuando detecta la incapacidad temporal del trabajador. Debe ser entregado a la empresa en un plazo de 3 días.
  • Partes de confirmación: Dependiendo de la duración prevista de la baja, el médico expedirá partes de confirmación cada 7, 14, 28 días o más. Deben ser entregados a la empresa.
  • Parte de alta médica: Cuando el médico considera que el trabajador ha mejorado, se emite el parte de alta, que debe ser entregado a la empresa en un plazo de 24 horas desde su expedición.
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Martín Dios LemaMartín Dios Lema
23:51 27 Jan 24
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Alberto LimaAlberto Lima
10:39 27 Jan 24
Carlos BermudezCarlos Bermudez
08:24 25 Jan 24
Se encargaron de tramitar mi reclamación ante el INSS en relación al completo por la brecha de género/aportación demografía, el resultado fue el reconocimiento del mismo , pago de los atrasos correspondientes además de una indemnización por vulnerar mis derechos fundamentales . Trato cercano, disponibilidad absoluta y comunicación fluida, no puedo estar más satisfecho.
Muy buen trabajo. Muchas gracias por vuestras gestiones
Juan Taboada DiazJuan Taboada Diaz
12:35 16 Jan 24
Profesional y eficacia
Hemos acudido para reclamación de gastos de la hipoteca y la verdad a sido todo muy rápido y lo han llevado de forma muy profesional. Sin duda acudiremos para cualquier otra consulta. Se lo he recomendado a mis compañeros de trabajo, familiares y amigos
RafaRafa
13:12 10 Nov 23
Muchas gracias Ignacio Martínez Fernández por los servicios prestados como abogado al frente de la reclamación para el reconocimiento del complemento de maternidad por aportación demográfica. Un gran profesional, con un trato amable y buena comunicación en todos los cambios del proceso. Con su buena gestión ha hecho posible la concesión del reconocimiento del complemento con carácter retroactivo desde Octubre del año 2018.
Javier L.Javier L.
08:39 11 Sep 23
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